sábado, julio 19, 2025
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Cuba cuenta con nueva Ley del Registro Civil

El parlamento cubano aprobó este viernes la Ley del Registro Civil, una norma que actualiza de forma integral el régimen jurídico vinculado con la identificación y certificación de hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas.

El registro civil es una actividad estratégica del sistema de justicia cubano, que sustenta la inscripción y publicidad o cualidad pública de hechos jurídicos personales como nacimientos, matrimonios, defunciones, ciudadanía y otros actos civiles esenciales para el ejercicio de derechos.

Al presentar la norma, Oscar Manuel Silvera Martínez, ministro de Justicia, afirmó que el registro civil es la única actividad del sistema de justicia que se mantiene en situaciones excepcionales. 

Destacó que hay 334 oficinas de ese sistema en el país, con conectividad, y se han creado oficinas en bufetes internacionales.

La Ley del Registro Civil introduce modificaciones necesarias para que esta institución potencie su labor, apuntó el ministro y afirmó que la norma está en consonancia con el ordenamiento jurídico cubano.

Refirió que esta es la versión número 35 del proyecto, con 203 artículos, seis títulos y cinco disposiciones finales, entre otros elementos. Fue el resultado de un proceso de consultas en el que se recibieron 312 criterios, de los que solo 52 no fueron aceptados.

José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, presentó el dictamen a la Asamblea. 

La nueva ley parte del mandato de los artículos 40, 48, 81 y 94 de la Constitución de la República, así como del artículo 13 de la Ley del Proceso de Reforma Judicial, y tiene como eje central el respeto a la dignidad humana, la protección a la identidad personal y familiar, y la garantía de igualdad jurídica para todas las personas, sin distinción de ningún tipo.

La Ley 156, Código de las Familias, del 22 de julio de 2022, y la Ley 149, De protección de datos personales, del 14 de mayo de 2022, introdujeron importantes modificaciones en el ordenamiento jurídico registral civil cubano, por lo que se impone una actualización.

Su diseño fue propuesto para reorganizar estructuralmente el sistema del registro civil bajo la subordinación directa del Ministerio de Justicia (MINJUS), en correspondencia con el Decreto Ley 335, Del Sistema de Registros Públicos; adaptar la función registral a un marco jurídico renovado, que incluye la Constitución de 2019, la Ley de Protección de Datos Personales y el Código de las Familias, y establecer un régimen disciplinario diferenciado para los registradores civiles.

La norma establece como principios rectores del sistema registral la legalidad, la seguridad jurídica, la inmediatez, la universalidad, la gratuidad de los servicios, la eficacia administrativa y la protección de datos personales. 

Incorpora la perspectiva de género, la atención a las personas en situación de vulnerabilidad y el respeto a la autonomía progresiva de niños y adolescentes.

Además, es resultado de un proceso de consulta especializada con trabajadores del sistema de justicia, autoridades registrales, juristas y académicos, con el propósito de actualizar una norma que no se modificaba de manera integral hace décadas.

Transformación institucional del sistema registral

Uno de los elementos más novedosos del proyecto es la reorganización funcional del sistema del registro civil, que quedará bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia como organismo rector, con estructura nacional, provincial y municipal. 

Se refuerza el papel del Tribunal Supremo Popular, que conservará facultades de supervisión sobre los actos registrales con efectos jurídicos.

Además, destacan la creación del Registro Civil Central, con una base de datos nacional digital, la sustitución progresiva del soporte papel por soporte electrónico, con firma digital certificada; la implementación de un folio único por persona, que concentre los actos registrales de forma cronológica, y el establecimiento de vías digitales de rectificación y subsanación de errores.

Se introduce un catálogo de derechos y deberes de las personas ante el registro civil y la eliminación de los testigos instrumentales en actos matrimoniales. Se incluyen actos no directamente vinculados al estado civil tradicional, como los pactos de convivencia, apoyos moderados e intensos, cambios de apellidos o de género, entre otras transformaciones.

Legisla, además, sobre cuestiones como la libre elección del nombre propio −y aclara en este caso restricciones relacionadas con la protección de la dignidad de la persona, evitar errores o confusiones o relacionar con marcas reconocidas o patentadas−; la condición intersexual de la persona nacida; cambio de nombre y apellidos y acuerdo sobre el orden de los apellidos.

El registro civil se concibe como un servicio público esencial y gratuito y tendrá un sistema automatizado y único a nivel nacional, lo cual facilitará la inscripción, consulta y expedición de certificaciones de hechos vitales como el nacimiento, el matrimonio, la unión de hecho, el divorcio, la defunción, la adopción, la rectificación de nombres o apellidos y el cambio de identidad de género.

Avances digitales y desafíos

Desde 2020, el Ministerio de Justicia ha implementado una estrategia de transformación digital del servicio, que incluye el uso de herramientas como SIREC y la plataforma Bienestar, que permiten la solicitud y verificación digital de certificaciones.

Además, digitalizó más de 15 millones de folios y desarrolló la ficha única del ciudadano, que permite la interoperabilidad entre entidades del Estado.

La ley reconoce dificultades para satisfacer la alta demanda de certificaciones y apuesta por simplificar trámites para la ciudadanía.

Con su aprobación, Cuba contará con un registro civil moderno, inclusivo y ajustado a los principios constitucionales, que contribuirá a la transparencia y legalidad de los actos que configuran la existencia jurídica de las personas.

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